Los magistrados desestiman el recurso interpuesto por la CEOE contra el artículo 5.3 del Real Decreto 901/2020 del reglamento de los planes de igualdad.
“El Tribunal Supremo respalda el reglamento sobre los planes de igualdad que aprobó el Gobierno tras un acuerdo solo con los sindicatos. La patronal CEOE negoció la norma con el Ministerio de Trabajo, pero se desmarcó de ella en el último momento y, finalmente, la impugnó en los tribunales. El motivo: el rechazo de los empresarios a que los sindicatos mayoritarios pudieran negociar los planes de igualdad en compañías sin representación de los trabajadores. El alto tribunal ha respaldado el reglamento y, por tanto, la legitimidad de los sindicatos en estas negociaciones”.
Así informa el digital “eldiario.es”, quien señala que dicha sentencia ha sido comunicada este martes y condena a los empresarios a pagar la factura del proceso, con la asunción de las costas.
Los magistrados desestiman el recurso interpuesto por la CEOE contra el artículo 5.3 del Real Decreto 901/2020 del reglamento de los planes de igualdad. Este recoge que en las empresas donde no exista representación legal de los trabajadores ‘se creará una comisión negociadora constituida, de un lado, por la representación de la empresa y, de otro lado, por una representación de las personas trabajadoras, integrada por los sindicatos más representativos y por los sindicatos representativos del sector al que pertenezca la empresa y con legitimación para formar parte de la comisión negociadora del convenio colectivo de aplicación’.”