La reforma señala que los servicios relacionados con “la libertad de expresión y de comunicación, no pueden ser objeto de exclusividad, monopolio ni acaparamiento”.
En abril último, el presidente del Perú, Pedro Castillo, envió un oficio a la titular del Congreso de la República, María del Carmen Alva, a fin de someter a consideración del Legislativo una iniciativa que tiene como objetivo “modificar el artículo 61 de la Constitución Política del Perú para fortalecer el accionar del Estado y garantizar la libre competencia”. Es decir, busca incorporar a dicho dispositivo la precisión de que el Estado facilita y vigila la libre competencia
En ese sentido, señala que “están prohibidos los monopolios, oligopolios, acaparamientos, especulación o concertación de precios, así como el abuso de posiciones dominantes en el mercado”.
Esta propuesta amplía el contenido actual del mencionado artículo constitucional. Este se limita a establecer que, con respecto a la libre competencia, el Estado “combate toda práctica que la limite y el abuso de posiciones dominantes o monopólicas” y que “ninguna ley ni concertación puede autorizar ni establecer monopolios”.
La propuesta del Ejecutivo añade un párrafo al texto constitucional vigente que dice que “la ley establece las sanciones correspondientes en los ámbitos civil, administrativo y penal para las personas naturales o jurídicas que incumplan dicha prohibición”.
El nuevo redactado del Artículo 61° establecería : “El Estado facilita y vigila la libre competencia. Combate toda práctica que la limite y el abuso de posiciones dominantes o monopólicas. Ninguna ley ni concertación puede autorizar ni establecer monopolios.
La prensa, la radio, la televisión y los demás medios de expresión y comunicación social; y, en general, las empresas, los bienes y servicios relacionados con la libertad de expresión y de comunicación, no pueden ser objeto de exclusividad, monopolio ni acaparamiento, directa ni indirectamente, por parte del Estado ni de particulares”.