El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por la Liga para mantener su prohibición de acceso a los campos de los medios audiovisuales.
El portal especializado en temas judiciales ConfiLegal informa que la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por la Liga Nacional de Futbol Profesional con la intención de mantener su prohibición de acceso a los campos de fútbol de los medios audiovisuales.
Según esta infromación el Supremo “ha confirmado el derecho de Mediaset y Atresmedia a acceder a los campos de fútbol, sobre los que existen derechos exclusivos de un tercero, para grabar imágenes, incluyendo las reacciones de entrenadores y jugadores o el comportamiento de los aficionados en las gradas, para emitir un breve resumen informativo”.
Y señala que “ha habido interpretación inadecuada del artículo 19.3 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, (en el anterior fallo), al entender que los licenciatarios de servicios de televisión en abierto [Mediaset y Atresmedia] deben considerarse prestatarios del servicio de comunicación audiovisual a los efectos de reconocerles el derecho a emitir breves resúmenes informativos referidos a acontecimientos deportivos que sean de interés general para la sociedad”.