facebook twitter youtube

¿Información o propaganda? El periodismo gráfico se revela contra el control del relato por parte de artistas

Respuesta a las excusas del Ayuntamiento de Barcelona al veto a profesionales de la información en los conciertos de Rosalía en el Palau Sant Jordi.

«Las organizaciones abajo firmantes, representantes de los y las profesionales de la información en Catalunya, manifestamos nuestra sorpresa y preocupación ante la respuesta emitida por la Asesoría Jurídica de B:SM [la empresa municipal que gestiona los equipamientos públicos] en relación con el requerimiento por los conciertos de Rosalía en el Palau San Jordi». Así empieza el comunicado hecho público por esas organizaciones para valorar la respuesta municipal al requerimiento presentado por esas mismas entidades al Ayuntamiento de Barcelona, pidiendo que no se cedieran espacios de titularidad pública para eventos en los que se vulneran derechos fundamentales. Eso sucedió con los concertos de Rosalía en Barcelona –también en Madrid– en los que se vetó la presencia de periodistas gráficos.

Esta no es la única ocasión en la que se han producido trabas de este calibre, ya que empieza a ser una peligrosa norma, como ya volvió a suceder en el concierto reciente de Eric Clapton en el mismo recinto. La respuesta del consistorio barcelonés a la petición planteadas desde el periodismo catalán ha indignado sobremanera a las organizaciones que le representan. La Federación de Sindicatos de Periodistas (FeSP) comparte esta indignación y muestra su apoyo a la movilización del colectivo. El resto del comunicado sigue así:

Análisis erróneo
«Consideramos que el análisis planteado es jurídicamente erróneo y no se ajusta a la realidad del ejercicio del derecho a la información. Así mismo, creemos que nuestras entidades, por su papel social y representatividad, merecen la atención y la interlocución pertinente por parte de la institución respecto al derecho a la información de la ciudadanía, reconocido en el artículo 52 del Estatuto de Catalunya, en el artículo 20 de la Constitución española y en el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Por este motivo, queremos precisar los siguientes puntos:

  1. Prevalencia de los Derechos Fundamentales en espacios públicos. El Ayuntamiento alega que un contrato privado de cesión de uso otorga a la promotora la facultad de excluir terceros. Aun así, hay que recordar que ningún acuerdo entre privados puede limitar el ejercicio de Derechos Fundamentales recogidos en la Constitución española (Art. 20 y 35), especialmente cuando la actividad se desarrolla en un recinto de titularidad municipal. Tolerar estas restricciones supone, en la práctica, la complicidad del Ayuntamiento en la privatización de un derecho fundamental colectivo en un recinto de la ciudad.
  2. Diferenciación entre derecho de imagen y derecho a la información. El informe equipara erróneamente la explotación comercial de la imagen del artista con el derecho de la ciudadanía a recibir información plural. Hay que recordar que tanto la Ley Orgánica 1/1982 como la Ley de Propiedad Intelectual (Art. 35.1) establecen excepciones claras en los derechos de imagen y de autoría para permitir la finalidad informativa en acontecimientos de interés general con personas de protección pública. Que otros artistas (como Harry Styles, Beyoncé, Lady Gaga, o Madonna) hayan aplicado restricciones similares no las valida jurídicamente ni las hace compatibles con los principios democráticos; solo evidencia la urgencia de poner freno.
  3. Sustituir el periodismo gráfico por propaganda es censura. Afirmar que el derecho a la información queda garantizado solo con el acceso de redactores es una interpretación restrictiva de la profesión. El periodismo gráfico no es un complemento estético, es una disciplina autónoma y esencial con valor informativo; sustituir la mirada independiente por material promocional suministrado por la misma organización condiciona el relato informativo y deriva en formas de control que nuestra legislación prohíbe. No existe el derecho de una persona pública a construirse una imagen a expensas de limitar la información, puesto que esto supone un acto de censura incompatible con una sociedad democrática y plural.
  4. Necesidad de diálogo institucional. Finalmente, echamos de menos una respuesta a nuestra petición de mantener una reunión urgente para abordar este conflicto. Somos cuatro entidades interpelando al consistorio con una voluntad constructiva. Consideramos que un trámite burocrático no es la vía adecuada para resolver una cuestión de fondo que afecta a la libertad de prensa en nuestra ciudad.

REITERAMOS: Solicitamos nuevamente la fijación de una reunión con los responsables políticos e institucionales para establecer cláusulas de salvaguardia que garanticen que los espacios públicos no vuelvan a ser escenario de restricciones informativas inaceptables. Quedamos a la espera de su respuesta para iniciar este diálogo.

Entidades firmantes:
• Col·legi de Periodistes de Catalunya (CPC)
• Grup de Periodistes Ramon Barnils (GPRB)
• Sindicat de la Imatge UPIFC
• Sindicat de Periodistes de Catalunya / Sindicat de Professionals de la Comunicació (SPC)

Comunicados

igualdad
periodistas a la pieza
en red
press
efj
ifj
creative commons
Federación de Sindicatos de Periodistas, FeSP
Calle Roger de Llúria, 5 5º 1ª - 08010 Barcelona
Teléfono: 934 127 763 — Fax: 934 127 763
Correo electrónico: contacto@fesperiodistas.org