El pasado 27 de septiembre el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha dictado su resolución referente al recurso presentado, en su momento, por siete trabajadores de la empresa BCN Audiovisual, ante una anterior sentencia del Tribunal de lo Social número 14.
En esa sentencia se dictaba que sí había existido cesión ilegal de esos trabajadores a la empresa a quien se había contratado para externalizar servicios de la emisora municipal BTV (Barcelona Televisión). Sin embargo, no reconocía el derecho de los demandantes a recuperar las diferencias salariales existentes entre la empresa contratada y la contratante.
Ahora, el TSJC, ha llegado a la conclusión que esos trabajadores sí tienen derecho a cobrar el sueldo según las categorías que rigen en Información y Comunicación de Barcelona (ICBSA), que es quien gestiona BTV, lo que les permitirá cobrar esas diferencias salariales con carácter retroactivo.
Ambos fallos son de gran trascendencia ya que, en conjunto, establecen:
– Que en Barcelona Televisión hay cesión ilegal de trabajadores entre BCN Audiovisual (Lavinia) y la sociedad municipal ICB. Es decir, que el modelo de externalización de casi toda la plantilla de BTV es ilegal.
– Se reconocen las antigüedades reales de los demandantes, que deberán incorporarse a la plantilla ICB SA como indefinidos.
– Esto afecta a la totalidad de los trabajadores subcontratados por BCN Audiovisual, más de 200 de los servicios informativos y técnicos, gran parte de los cuales ya han presentado demandas similares que están pendiente de juicio y que, en algunos casos, se han ido aplazando pendientes de negociación entre ICB y el comité de empresa que, hasta ahora, no han llegado a acuerdo.










