La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional también ha fallado contra dos empresas del Grupos Prisa: Prisa Radio y Brand Solutions.vEn el caso de la emisora la obliga a pagar a sus trabajadores las subidas del IPC, que pretendía no consolidar en las nóminas y ha fallado que Prisa Brand Solutions vulneró los derechos fundamentales de libertad sindical y de huelga durante el paro del 28 de septiembre de 2012
En el primero de los casos, se pedía el reconocimiento del derecho de los trabajadores y trabajadoras a percibir con efecto de 1 de enero de 2012 el 1’4% de incremento retributivo sobre el salario efectivamente cobrado en el año 2011, en el que no hubo actualización salarial. Los tres magistrados han reconocido el derecho de las plantilla a percibir estos incrementos retributivos, marcados en el convenio, con efectos en la fecha solicitada.
En el caso de Prisa Brand Solutions, se trata de una demanda de tutela de derechos fundamentales por vulneración del derecho de libertad sindical y del derecho de huelga de los trabajadores con relación a los hechos del 28 de septiembre pasado cuando se convocó una huelga de 24 horas en todos los centros de trabajo de la empresa.
La Sala considera probado que durante esa jornada se emitieron casi las mismas órdenes de publicidad que en el mismo día de la semana anterior y que Brand Solutions puso en marcha todas las expediciones de autobuses de transporte de viajeros programadas, vulnerando los servicios mínimos y valiéndose de empleados de otros centros y de refuerzos contratados con otros transportes.
La sentencia señala que el empresario no puede imponer a los trabajadores no huelguistas la realización de las tareas que corresponden a los que secundaron la convocatoria, ni los trabajadores que decidieron no secundarla pueden sustituir el trabajo de sus compañeros.










