El Tribunal de Apelación de Versalles desmonta la pretensión de la dirección de “France 24”, de considerar a los corresponsales extranjeros como «proveedores de servicios»
El Sindicato Nacional de Periodistas (SNJ-CGT) frances informe de un importabte triunfo en la lucha legal de los derechos laborales de los informadores galos. Desde la creación de France 24, la dirección ha considerado a los periodistas corresponsales extranjeros como «proveedores de servicios». La negativa de la dirección a reconocerlos como periodistas fue censurada por el Tribunal de Apelación de Versalles.
Los tres jueces del Tribunal de Apelación coincidieron en sus apreciaciones y remitieron al empleado al Juzgado de Trabajo, competente para juzgar el caso entre el periodista, por tanto empleado, y la empresa France Médias Monde (FMM).
El Tribunal de Apelación dictaminó que:
- El Ayuntamiento de Prud’hommes tiene competencia material para reconocer la existencia de un contrato de trabajo y una relación de subordinación por el período en que la dirección obligó a la periodista a montar su productora.
- El Consejo Laboral tiene competencia material para compensar al empleado por los daños resultantes de las infracciones del empleador.
El artículo L. 7111-3 párrafo 1 del Código del Trabajo francés establece que un periodista profesional es cualquier persona cuya actividad principal, regular y remunerada sea el ejercicio de su profesión en una o más empresas de prensa, publicaciones diarias y revistas o agencias de noticias y de la que se derive la mayoría de sus recursos de ellos. Su párrafo 2 mantiene que el corresponsal, ya sea que trabaje en territorio francés o en el extranjero, es un periodista profesional si recibe una remuneración fija y cumple las condiciones previstas en el párrafo primero.