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La reforma de la “Ley Mordaza” no basta

La Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI), de la cual la FeSP es miembro fundador, ha considerado un avance que el Congreso haya iniciado el camino para reformar la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana al haber admitido a trámite dos proposiciones de ley del PSOE y del PNV para modificar la norma del PP aprobada hace ahora justo dos años.

Sin embargo, la PDLI advierte que se trata solo de eso, de un primer paso. Advierte que es necesario también ocuparse de las barbaridades introducidas por el PP en el Código Penal; ya  que “con ‘Ley Mordaza’ o sin ella, estas situaciones seguirán ocurriendo si no se derogan también los artículos más represivos de aquel.

Conscientes de este riesgo de simplificación, desde el primer momento en la PDLI nos hemos referido a estas normas en plural, ‘Leyes Mordaza’, porque entendemos que son un paquete legislativo en el que se complementan unas a otras: serían, por un lado, la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana que ahora va a modificarse, pero, también, la doble reforma del Código Penal (incluyendo el llamado ‘pacto antiterrorista’ de PP y PSOE) y la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

La PDLI, advierte que “la ‘Ley Mordaza’ no va a derogarse, sino a modificarse. La consecuencia práctica de su derogación hubiese sido volver a la ley previa, la conocida como ‘Ley Corcuera’, una norma no famosa precisamente por su respeto a derechos fundamentales.”

Entre otras advertencias señala:

3. Las “trampas” de las proposiciones de PSOE y PNV para modificar la ley . El proceso de reforma que ahora comienza en el Congreso tendrá como base las proposiciones de ley presentadas por el PSOE y el PNV.

Se trata de unos textos muy insuficientes para responder a las necesidades planteadas por colectivos de defensa de derechos civiles, entre ellos la PDLI.

Desde el grupo de análisis legal de la plataforma “No Somos Delito”, en la que participamos, se ha realizado un exhaustivo estudio de dichas proposiciones, detectándose al menos diez “trampas” graves tanto en su articulado como en la exposición de motivos.

Entre otras, que se mantienen o incrementan los supuestos de infracciones, que se continúa limitando el derecho a la protesta y el ejercicio del derecho de reunión o que se rescatan de la Ley Corcuera las sanciones por la “provocación de reacciones en el público que alteren la seguridad ciudadana”.

4 Si las enmiendas del PP no lo alteran (y esto es un detalle que no conviene perder de vista), hay algunos cambios positivos en la reforma que ahora empieza a tramitarse. Uno de los aspectos más problemáticos de la norma (tanto por la inconstitucionalidad de su aplicación, como porque entraba en colisión con otras leyes orgánicas), las sanciones por el uso no autorizado de imágenes de Cuerpos y Fuerzas de seguridad del Estado, quedaría derogado.

También las perturbaciones graves de la seguridad ciudadana en manifestaciones ante Congreso y Senado y los desórdenes y obstaculización en la vía pública. 

No obstante, las proposiciones no incluyen la reforma del artículo 30.3 de la ley que considera organizador de una manifestación “a quienes por publicaciones o declaraciones de convocatoria de las mismas, por las manifestaciones orales o escritas que en ellas se difundan, por los lemas, banderas u otros signos que ostenten o por cualesquiera otros hechos pueda determinarse razonablemente que son directores de aquellas”.

Esto supone, en la práctica, que te puedan multar por cualquiera de las infracciones que se siguen contemplando para el ejercicio del derecho a la protesta, y que pueden llegar a los 600.000 euros, por un simple tuit o retuit.

Además, se consolida uno de los aspectos más criticados de la ley, el de su generalidad, al mantenerse una presunción tan genérica como “pueda determinarse razonablemente que son directores”.

En sus conclusiones la PDLI, que entre sus inquietudes respecto de este trámite parlamentario está el “que se acepte sin discusión la denominación de esta ley y, al mismo tiempo, su propia necesidad. Es decir, que aceptemos que la seguridad que la sociedad necesita se reduce a una norma de orden público como es esta y que nuestra crítica se limite a cambiar unos artículos por otros.

¿Hemos pensado quién gana en seguridad cuando un reportero gráfico es multado por fotografiar el escenario de un accidente laboral, como en el caso del Diario de Burgos? ¿O cuando a una reportera se le sanciona por intentar acceder a una fuente, como ocurrió con la informadora de Cataluña Radio cuando cubría la declaración de Pujol en la Audiencia Nacional? ¿O cuando a un periodista se le multa por captar la imagen de la detención de unos activistas?, son preguntas que desde la PDLI instamos a todos a plantearse, porque sus respuestas delimitan lo peligroso de este tipo de articulados.”

Mas información: http://libertadinformacion.cc/la-pdli-ante-la-reforma-de-la-leymordaza-aprobada-por-el-congreso/

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