Los sindicatos confederales CCOO y UGT, dos de los convocantes de la Huelga General del próximo 14 de noviembre, han coincidido en que la movilización, que tiene su comienzo a las 0 horas del día 14 y culmina a las 24 horas, abarca a todos los sectores, incluyendo en su cobertura general a los trabajadores de la prensa diaria e imprentas que trabajan en la confección y fabricación de periódicos y revistas, sin que exista una convocatoria diferenciada para estos.
La decisión que no haya una convocatoria específica para la prensa diaria e imprentas de periódicos, guarda relación con la necesidad de evitar que exista confusión con la convocatoria otras organizaciones sindicales sectoriales que se han sumado a la convocatoria general del 14, por lo cual se trata de evitar es la existencia de dos fechas diferenciadas para la realización de la Huelga General, lo cual evidentemente provoca distorsión e inseguridad entre los trabajadores para participar en la Huelga General.
Sin embargo, CC OO y UGT de Cataluña han convocado en prensa diaria el día 13 y en agencias de noticias y digitales el 14. Y así lo ha confirmado la Generalitat de esa autonomía en el decreto de servicios mínimos que ha dictado para las empresas públicas de servicios esenciales.
En varias comunidades los trabajadores de los talleres gráficos de impresión han decidido hacer la Huelga el día 13. Esto ha provocado que muchas redacciones, demostrando su responsabilidad, hayan decidido hacerlo de la misma manera para evitar perjudicar al medio con los efectos dos días de huelga.
A este respecto, hay que señalar que la convocatoria da perfecta cobertura a las empresas que tienen diferentes turnos de trabajo, las cuales pueden empezar la huelga el día 13, continuando en la jornada del 14, o incluso prestando el horario de trabajo durante la mayor parte del tiempo en el día 14.
Por lo tanto, queda establecido que la huelga comienza a las 0 horas del 14, pero la convocatoria permite adaptar la movilización al ingreso del primer turno de trabajo del día 13.
Por lo cual cada representación sindical unitaria o sección sindical tiene capacidad para comunicar a la empresa que, en su caso, la hora de comienzo no coincidirá con las 0 horas, para que los efectos de la movilización sean sobre los procesos productivos del día 14, dándose así cumplimiento al criterio manifestado de huelga general de 24 horas.
En aquellas empresas que tengan un único turno de trabajo, pero este empiece antes de las 0 horas del día 14, el paro se iniciará a la hora de comienzo de la actividad laboral y finalizará el día 14 de noviembre en la hora en que concluya la misma.










