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Interpretación más real del “falso autónomo”

El digital ‘Canarias Ahora’ ha publicado el pasado 2 de marzo que la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS) se ha reunido en pleno “para unificar doctrina y, de paso, modernizar los criterios que ayuden a detectar al denominado falso autónomo’ en las empresas. Es decir, aquel trabajador que hace lo mismo que el personal legalmente contratado, pero cobrando menos y sin contar con derechos como el finiquito o la cotización a la Seguridad Social, lo que supone que no pueda acogerse a la prestación por desempleo. Gastos que, por el contrario, se ahorra la empresa.”

Esta inquietud viene provocada por una sentencia de este año sobre una demanda interpuesta por cuatro personas que trabajaban como autónomos para una conocida empresa canaria.

El digital señala que dos de esos casos llegaron por separado al Supremo, que profundizó en la línea divisoria que separa el trabajo de un asalariado del de un autónomo, para terminar dándole la razón a los trabajadores. En uno de los casos retrotrae las actuaciones a la primera instancia mientras que en el otro “declara nulo el ‘despido’ y obliga a la empresa a readmitir al empleado, al que deberá abonar los salarios que dejó de percibir durante los años que duró el proceso”.

Según señala ‘Canarias Ahora’ las constantes discrepancias judiciales por falta de claridad en la doctrina, “ha llevado al Pleno de la Sala de lo Social del Supremo a unificar criterios que parten de una base fundamental: la naturaleza del contrato. Por mucho que el documento firmado por ambas partes pueda poner lo contrario de forma errónea o interesada ‘la realidad fáctica debe prevalecer.

Es decir, que por mucho que se haya firmado un contrato civil por prestación de servicios (autónomo), si la relación es laboral, ésta prevalece ‘independientemente de la calificación jurídica que le den las partes’.”

Esta interpretación tiene suma importancia dentro de nuestro sector ya que son muchos los periodistas a la pieza que trabajan a las órdenes directas de la empresa bajo el pretexto de una autonomía falsa impuesta por la empresa.

http://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/Supremo-criterios-detectar-autonomos-trabajadores_0_745775424.html    

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