La sentencia de la Audiencia Nacional condena a la dirección de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales (CCMA) -que gestiona todas las emisoras de la Generalitat catalana- a abonar a los trabajadores de TV3 todas las cantidades descontadas bajo el concepto «RAV» desde 01/01/2013 con el pago añadido del 10% de las sumas correspondientes en concepto de intereses de demora.
Esta sentencia, se ubica en la misma línea de la dictada por el Tribunal Supremo en febrero pasado por idénticos recortes a los trabajadores de Catalunya Ràdio. El comité de empresa de TV3 había advertido al CCMA que, ante la similitud de los casos era totalmente previsible este fallo y que recomendaba la supresión inmediata de ese recorte arbitrario y la devolución del dinero ilegalmente descontado en todo ese periodo.
Los trabajadores de la CCMA habían aceptado “en referéndum un recorte voluntario y temporal del 5% durante los años 2011-2012. El acuerdo comprometía a la dirección con el mantenimiento de la plantilla, pero desde el año 2013 han continuado con el recorte de manera ilícita, han despedido a más de 300 trabajadores fijos y han eliminado los colaboradores y trabajadores temporales”, señala el comité de empresa.
La dirección de la CCMA puede presentar recurso de casación contra la sentencia ante el Tribunal Supremo; sin embargo agotar la vía jurídica, que ya ha fallado en todas las instancias posibles que el recorte es ilegal, sería una práctica poco ética ante la justicia y un despilfarro de recursos públicos.










