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Defensora del Pueblo: El chaleco no es obligatorio

La Institución del Defensor del Pueblo, que dirige Soledad Becerril, ha reconocido por escrito que los chalecos de identificación que la Dirección General de la Policía recomienda utilizar a los fotoperiodistas en las manifestaciones y protestas en la calle no son obligatorios y, además, solo están a disposición de una asociación profesional y no de todas las representativas del sector.

En diciembre pasado, el secretario general de la FeSP, Agustín Yanel, solicitó a la Defensora del Pueblo que rectificara la respuesta que había dado al Movemento polos Dereitos Civis, en la que afirmaba que los periodistas que van a las manifestaciones sin vestir un peto de color blanco con la inscripción «prensa» se ponen «en una situación de riesgo». También le pidió que continuara tramitando esa queja, ante lo que la Institución le ha comunicado que sigue adelante con ella.

Ese colectivo de Galicia se quejó a la Defensora del Pueblo por la actuación de algunos agentes de policía durante la protesta convocada el 29 de marzo de 2014 en Madrid, que no fue comunicada previamente a la Delegación del Gobierno, en la que se produjeron diversos incidentes y hubo un detenido.

La Defensora del Pueblo fundamentó su respuesta a esa queja en la información que había recibido de la Dirección General de la Policía, que citaba un convenio de colaboración suscrito en marzo de 2011 entre el Ministerio del Interior y la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE). En ese texto se indica, en realidad, que en las manifestaciones, los periodistas y fotoperiodistas «podrán, de forma voluntaria, portar un distintivo tipo chaleco».

Como en las grabaciones de la protesta del 29 de marzo se veía a personas que no llevaban el citado chaleco de identificación, la Defensora del Pueblo concluyó: «No cabe entender que haya existido una actuación policial incorrecta», lo que permitía deducir que el uso de esa prenda es obligatorio.

La FeSP pidió a Soledad Becerril que rectificara su respuesta al Movemento polos Dereitos Civis, porque su contenido suponía asumir que los periodistas pueden ser reprimidos en su trabajo en las manifestaciones aunque no hayan cometido una falta o delito, únicamente por no vestir un peto blanco que no es obligatorio legalmente.

En respuesta a esa petición de la FeSP, la adjunta segunda a la Institución del Defensor del Pueblo, Concepció Ferrer, ha indicado en su escrito: «Ciertamente, se comparte lo que se indica de que el convenio de colaboración suscrito antes aludido no abarca a todas las organizaciones representativas del sector, ni las recomendaciones contenidas en él se pueden entender como normas de obligado cumplimiento, sino tan sólo recomendaciones que se entiende pueden ser beneficiosas para aquellos profesionales que opten voluntariamente por asumirlas».

«Esta Institución -añade- lamenta que el texto de nuestro escrito al Movemento polos Dereitos Civis no haya dado lugar a una interpretación correcta, y le comunico que prosiguen las actuaciones en el presente caso».

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