La Audiencia Provincial de Madrid ha anulado, por razones de técnica jurídica y sin analizar el fondo del caso, la multa de 360 euros que un juez impuso a la reportera Alicia Armesto, de Tele K, quien fotografió a varios agentes del Cuerpo Nacional de Policía mientras llevaban a cabo un desahucio. Esa fotografía fue difundida en la red social Twitter con esta frase: «Orgullosos de echar a niños de cinco y siete años». Uno de esos policías, al que se veía dn la foto riéndose, denunció a la reportera por vejación injusta.
Esos hechos se produjeron el 3 de febrero de 2015, cuando en el Código Penal existía ua sanción para las faltas contra el orden público. Posteriormente, el 1 de julio, entró en vigor la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana -conocida popularmente como Ley Mordaza-, en la que desaparecieron esa y otras faltas para pasar a ser infracciones administrativas, que pueden ser multadas directamente por el Ministeiro del Interior o una Delegación del Gobierno, sin intervención de un juez.
Al desaparecer esa falta del Código Penal, la Audiencia madrileña ha indicado que no puede confirmar la sentencia del juez que condenó a Alicia Armesto «por una falta ahora inexistente», y tampoco puede aplicar la Ley de Seguridad Ciudadana porque es posterios a los hechos y, además, porque ha atribuido la competencia de estos casos a la autoridad administrativa y no a los jueces.
La nueva Ley de Seguridad Ciudadana considera infracción grave «el uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación, con respeto al derecho fundamental a la información». Entre las infracciones leves incluye las «faltas de respeto y consideración» hacia un policía en el ejercicio de sus funciones.
En el caso de que esa ley hubiera estado en vigor cuando se produjeron estos hechos, Alicia Armesto podría haber sido acusada de una infracción grave, que la Delegación del Gobierno sanciona con una multa de entre 601 y 30.000 euros, o una leve, castigadada con 100 a 600 euros. El ministro del Interior siempre ha dicho que esta ley elimina un buen número de faltas, pero éstas pasan a ser consideradas infracciones administrativas que pueden ser castigadas con multas mucho más elevadas que antes, sin que lo decida un juez.










