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Admitida a trámite la primera demanda por incumplir el Reglamento Europeo sobre la Libertad de los Medios

El Gobierno valenciano del PP-Vox cambió la ley y cesó a cargos del extinto Consejo Rector sin justificarlo, en contra de lo que prevé la EMFA

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha admitido a trámite la primera demanda presentada en España por no cumplir el Reglamento Europeo sobre la Libertad de los Medios de Comunicación (EMFA, por sus siglas en inglés de European Media Freedom Act).

El periodista Fernando Varela informa en el digital infoLibre que tres ex altos cargos de la Corporación Valenciana de Medios de Comunicación (CVCM), de la que depende la televisión pública À Punt, han presentado una demanda porque han sido cesados antes de concluir su mandato, en contra de lo que establece el citado Reglamento que es de obligado cumplimiento en todos los países de la Unión Europea.

Los tres demandantes son Miguel Francés, que presidía el Consejo Rector, ya desaparecido, y los vocales Lola Bañón y Javier Marzal. En su día fueron elegidos para esos puestos en representación del Consejo Audiovisual de la Comunidad Valenciana.

Tras constituirse en 2023 el nuevo Gobierno valenciano de PP y Vox, con su mayoría parlamentaria suprimieron la CMVC y la sustituyeron por la Corporación Audiovisual de la Comunidad Valenciana (CACVAC). Los cargos de los tres demandantes expiraban en abril de 2029, pero desde el día 11 de marzo de 2025 dejaron de ser convocados a las reuniones por el cambio de estructura de esa Corporación.

Decisiones como ésta, que el PP ha llevado a cabo en distintas comunidades autónomas donde gobierna, es una de las cuestiones que el Reglamento Europeo no permite. En su artículo 5.2 establece «un conjunto de garantías diseñadas específicamente para evitar que los gobiernos puedan controlar los medios públicos a través del nombramiento y cese de sus directivos», añade la información de infoLibre.

El citado Reglamento establece que los mandatos de los responsables de medios públicos deben tener una duración suficiente para garantizar su independencia y sólo pueden ser cesados antes de que concluya su mandato «de forma excepcional, por no cumplir ya las condiciones profesionales requeridas, y nunca por razones políticas o por cambios legislativos instrumentales, Por último, cualquier decisión de destitución debe estar debidamente justificada, notificada previamente y sujeta a revisión judicial».

Los tres ex cargos que han presentado la demandan consideran que el Gobierno valenciano cambió la ley con el objetivo de acortar los mandatos antes de concluir para renovar ese órgano de gobierno, bajo la apariencia de una modernización de la corporación pero «sin justificación profesional alguna y sin control judicial previo», lo que no permite la norma europea.
En la demanda solicitan que se anule su exclusión del nuevo consejo de administración, su reposición como presidente y vocales hasta que concluya su mandato en 2029 y el abono de las dietas y salarios que han dejado de percibir desde que fueron apartados.

Esta demanda ha llegado «en un momento de preocupación por la deriva de À Punt. Desde el cambio de gobierno, se han denunciado decisiones como el intento de restringir las funciones del Consejo de Informativos, el desmantelamiento de servicios de documentación y un descenso en los contenidos en valenciano, elementos todos ellos que han generado inquietud entre sus profesionales y observadores del sector».

El Reglamento Europeo debería estar en vigor desde el 8 de agosto de 2025, pero en España prácticamente no se ha puesto en marcha nada de lo que establece. El Gobierno decidió que sea la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) la autoridad reguladora independiente que se encargue de supervisar su aplicación y de crear el obligado registro de medios, pero aún no le ha dado los medios materiales y humanos que necesita para desempeñar esa tarea.

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