El Alto Tribunal declara firme la improcedencia de ese despido y deja abierta la misma puerta a otras salidas forzosas en la empresa.
“El Tribunal Supremo ha anulado la primera gran medida que Isabel Díaz Ayuso tomó de la mano de Vox tras su aplastante victoria en las elecciones de 2021: el asalto a la dirección de Telemadrid. Según ha sabido elDiario.es, la sala de lo social ha confirmado que el despido del antiguo director de informativos de la cadena, Jon Ariztimuño, fue improcedente y que el periodista, ahora en Televisión Española, debe ser indemnizado.
El despido fulminante de Ariztimuño es el primero que llega a manos del Supremo después de que los tribunales hayan declarado que otras salidas forzosas de distintos cargos del ente público madrileño también fueron ejecutadas de forma irregular por la nueva dirección de Telemadrid”; así lo señala hoy este digital que abunda en detalles de esos despidos.
Según expone, la sala de lo social de ese Alto Tribunal ha considderado “declarar firme la improcedencia del despido del exdirector de informativos, Jon Ariztimuño, que tras su salida de Telemadrid llegó a Televisión Española después de ser el candidato mejor valorado en un proceso de selección abierto por la propia RTVE. Los jueces han rechazado el último recurso de la cadena pública madrileña, que buscaba comparar el caso de su exdirector de informativos con el de una directiva de un hospital canario despedida a finales de la década de los años noventa.
El auto del Supremo, de este mes de septiembre, rechaza los argumentos de Telemadrid porque intentaba comparar supuestos “distintos” para buscar el aval judicial al despido de Ariztimuño. En su caso, el Tribunal Superior de Madrid fue contundente al afear que la cadena pública hubiera integrado a “todo tipo de cargos intermedios” bajo el “paraguas” de la alta dirección cuando, en realidad, no eran altos directivos de la cadena y no podían ser despedidos sin más.
En su caso, los jueces también constataron que Ariztimuño no fue despedido el día en que guardó sus cosas en una caja y se fue, sino cuando se prescindió del director general unos días antes, pagando menos dinero en su finiquito. “Curiosa tesis de la empleadora de todas maneras que decide unilateralmente cuándo tiene que dejar de pagar su retribución, con independencia si ha notificado la extinción contractual y dándole un carácter retroactivo”, reprochó el TSJ de Madrid en una sentencia revelada por este periódico el pasado mes de diciembre.










