facebook twitter youtube

El TSJ reconoce el derecho de un falso autónomo a acceder a la jubilación anticipada

Corrige una decisión del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y le señala que los efectos de la sentencia que reconoció la relación laboral deben extenderse a los efectos de poder lucrar la pensión de jubilación».

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Andalucía ha reconocido el derecho a acceder a la jubilación anticipada de quien había trabajado durante doce años, supuestamente, por cuenta propia, pese a que existía un vínculo laboral entre él y la empresa.

El TSJ, en su fallo considera probados que el empleado estuvo trabajando a jornada completa como autónomo para una empresa desde 1998 hasta 2010, año en el que fue despedido. Un juzgado de Algeciras había revisado su caso y calificado el cese de improcedente y declarado la existencia de una relación laboral. Es decir, determinó que formaba parte de la plantilla.

Así informa el digital Cinco Días, que señala que Tras la sentencia, la compañía le readmitió, pero solo cotizó por él 261 días. En octubre de 2011, el trabajador solicitó que se le reconociera la pensión de jubilación anticipada. No obstante, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) denegó la petición porque tenía 10.916 días cotizados, mientras que el mínimo fijado por ley es de 10.950.

El TSJ revoca esta decisión al considerar que se ha cumplido el tiempo marcado por la ley para acceder a la prestación. En este sentido, hace referencia a la sentencia en la que se reconoció que era un falso autónomo y subraya que los efectos de esta declaración judicial «también deben extenderse a los efectos de poder lucrar la pensión de jubilación».

Asimismo,el TSJ computa como tiempo cotizado a la Seguridad Social el año que el demandante pasó en el servicio militar obligatorio, por lo que se alcanza el mínimo de días para poder acceder a la jubilación anticipada.

https://cincodias.elpais.com/cincodias/2021/02/22/legal/1614012148_107371.html?fbclid=IwAR05u4JZ2h69Io3taMbYxXjP7I95EcM9C5dFJuR-qTV_gVVY6HC5R1kJ6YM

Comunicados

La FeSP rechaza la propuesta del PP de eliminar los comités en empresas de menos de 250 personas

No son una «traba» sino los representantes legales de las plantillas, que deben colaborar con las empresas en «el mantenimiento y el incremento de la productividad» La Federación de Sindicatos de Periodistas (FeSP) rechaza una propuesta aprobada por el Partido Popular en su XXI Congreso que, de llegar a ser aplicada, supondría la desaparición de los comités en […]

leer más
igualdad
periodistas a la pieza
en red
press
efj
ifj
creative commons
Federación de Sindicatos de Periodistas, FeSP
Calle Roger de Llúria, 5 5º 1ª - 08010 Barcelona
Teléfono: 934 127 763 — Fax: 934 127 763
Correo electrónico: contacto@fesperiodistas.org