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Investigan un presunto fraude de Prensa Ibérica en «La Opinión»

La Inspección de Trabajo pide que se declaren nulos los despidos por incumplimiento de los plazos legales, trabajadores de alta en dos empresas, anomalías en la comisión negociadora y otras irregularidades.

La Dirección General de Trabajo del Gobierno de Canarias ha presentado una demanda contra la empresa editora de La Opinión de Tenerife, propiedad del Grupo Prensa Ibérica, para que la Justicia investigue el presunto fraude y las numerosas irregularidades que ha detectado la Inspección de Trabajo en los despidos de la mayor parte de la plantilla, el pasado mes de abril. El director general solicita que se declare nulo el acuerdo que firmó la empresa con la representación de los trabajadores.

En febrero de este año, el empresario Javier Moll, dueño del grupo Prensa Ibérica y del Grupo Zeta, compró el diario El Día, de Tenerife, donde ya editaba La Opinión de Tenerife. Dos meses después cerró este segundo diario, despidió a una treintena de trabajadores y recolocó a otros en el que había comprado.

Para cerrar La Opinión, argumentando causas económicas, Moll presentó un expediente de regulación de empleo que implicaba la extinción de 20 contratos y el despido de ocho personas más hasta que fueran recolocadas -no las ha recolocado-, la amortización de tres puestos de personas que estaban en excedencia y la recolocación de 15 trabajadores en El Día.

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Tenerife, tras realizar una visita a la sede de La Opinión y hablar con representantes de la empresa y de los trabajadores, detectó una serie de irregularidades de las que concluyó que existen indicios de fraude de ley y dolo en ese despido colectivo. Entre otros presuntos incumplimientos de la legislación laboral señala los siguientes:

  • La empresa no respetó derechos sociales de los trabajadores, al no cumplir los requisitos que establece la ley en estos casos, porque despidió a una trabajadora que tenía reducción de jornada para el cuidado de un hijo menor, a las tres delegadas de personal pese a que tienen derecho preferente a mantener su puesto de trabajo y a personas mayores de 50 años mientras recolocó a otras de menor edad en puestos similares en El Día;
  • No cumplió el plazo que establece la ley entre el inicio de las negociaciones y los despidos;
  • El consejero administrador debe cotizar a la Seguridad Social pero sin derecho a desempleo, y el de La Opinión estaba dado de alta junto con los trabajadores de la plantilla, por lo que presuntamente ha obtenido prestaciones por desempleo que no debía cobrar;
  • Se transformó un contrato de interinidad en indefinido al mismo tiempo que se despidió a otra persona en la misma situación pero de mayor edad, algo que la ley no permite:
  • La empresa no elaboró el plan de acompañamiento social al que obliga la ley cuando hay personas de más de 55 años despedidas; tampoco abonó las cuotas a las que está obligada para formalizar un convenio especial con la Seguridad Social para esas personas;
  • No presentó el listado de trabajadores del grupo que le pidió la Inspección de Trabajo, para comprobar los que tienen más de 50 años, por los que estaba obligada a realizar un ingreso en la Hacienda Pública que no ha hecho.
  • La comisión que negoció los despidos no se constituyó conforme a lo que establece la ley, porque en ella participó una trabajadora que no era delegada de personal;

A todo ello añade la inspectora de Trabajo que ella envió citaciones a la empresa, para que acudieran a su despacho el representante legal de La Opinión y las tres delegadas de personal, pero éstas no se presentaron el día fijado. El representante de la empresa afirmó que no las habían localizado, pero la inspectora habló con las tres por teléfono y ellas dijeron que no las habían llamado.

Tras estudiar toda la documentación y los informes de la Inspección, el director general de Trabajo presentó una demanda porque considera que los hechos «pudieran ser determinantes de la existencia de fraude y dolo en la conclusión del acuerdo del expediente de regulación de empleo» en el diario La Opinión de Tenerife. La vista oral tendrá lugar el próximo 20 de noviembre en el la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

La Unión de Profesionales de la Comunicación de Canarias (UPCC) y la Federación de Sindicatos de Periodistas (FeSP) -a la que pertenece ese sindicato canario- se congratulan por la decisión de la Dirección General de Trabajo de Canarias. Ambas organizaciones esperan que la Justicia actúe con la contundencia que corresponde según la ley contra decisiones empresariales como ésta de Javier Moll, que no solo son un ataque al derecho a la información de la ciudadanía al cerrar un periódico sino que, según la Inspección de Trabajo, no respetan la legislación laboral ni los derechos de los trabajadores.

El empresario Javier Moll -actual presidente de la patronal Asociación de Medios de Información (AMI), que agrupa a más de 80 medios- compró en abril de este año el Grupo Zeta por 40 millones de euros, tras obtener  una quita de 70 millones de euros de la deuda que tenía esa compañía con los bancos acreedores. Así se convirtió en el grupo más importante de prensa regional y local de España, que edita más de 20 diarios y una docena de revistas.

Tras adquirir el Grupo Zeta ha cerrado La Opinión de Tenerife y Levante de Castellón y ha despedido a decenas de trabajadores en otros periódicos de su propiedad, entre ellos Súper Deporte, La Opinión de Murcia, La Opinión de Málaga, Diario de Mallorca y Diario de Ibiza.

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