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FCC condenada por sancionar a un trabajador

“La jueza ha declarado nula la sanción que FCC (Fomento de Construcciones y Contratas )aplicó al trabajador por publicar en Facebook un comentario que decía textualmente: “No falla. Se las gastan en publi. Y al poco siempre aparece una noticia que le conviene”, acompañado de dos fotografías de los periódicos; una página entera de publicidad de FCC junto a otra noticia de un informe que tachaba de inviable la municipalización de Parques y Jardines”.

Así lo informa el digital aragonés AraInfo.org en base a una información del

comité de empresa de FCC Parques y Jardines de Zaragoza que señala que FCC ha sido condenada por el Juzgado de lo Social por haber sancionado a un jardinero con la suspensión de 20 días de empleo y sueldo por una publicación en las redes sociales que decía textualmente: “No falla. Se las gastan en publi. Y al poco siempre aparece una noticia que le conviene”, acompañado de dos fotografías de los periódicos; una página entera de publicidad de FCC junto a otra noticia de un informe que tachaba de inviable la municipalización de Parques y Jardines”.

La sanción anulada por el Juzgado, se amparaba en una supuesta “emisión maliciosa, o por negligencia inexcusable, de noticias o información falsa referente a la empresa o centro de trabajo”.

Sin embargo la jueza que ha atendido el caso entiendo que esos hechos “no dejan de estar amparados por el derecho a la libertad de expresión, no habiéndose utilizado expresiones insultantes, injuriosas o vejatorias”, y dispone abono de los salarios dejados de percibir por el trabajador, más las costas del proceso y los honorarios de se letrado.

Asimismo la jueza recoge en la sentencia que en esos momentos existía polémica sobre la propuesta del Ayuntamiento de Zaragoza de municipalizar el servicio de Parques y Jardines, gestionado actualmente por FCC y afirma que los hechos por los que fue sancionado el trabajador son “opinión o crítica, y tampoco pueden encuadrarse en las ofensas verbales al empresario”, así como que “el comentario (en relación al trabajador) no entraña una ofensa al empresario ni una transgresión de la buena fe”, hechos que dice se hallan amparados por la libertad de expresión.

http://arainfo.org/fcc-condenada-por-sancionar-a-un-trabajador-con-20-dias-de-empleo-y-sueldo-por-una-publicacion-en-redes-sociales/

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