El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha sentenciado que para publicar una fotografía copiada de un sitio de internet, cuyo autor ha autorizado que sea de libre acceso, es necesario pedirle una nueva autorización. El Tribunal ha señalado que, con independencia de las excepciones que se establecen en la Directiva europea sobre derechos de autor, «debe considerarse que toda utilización de una obra por parte de un tercero sin el consentimiento previo del autor vulnera los derechos de éste».
El fotógrafo alemán Dirk Renckhoff autorizó a un sitio de internet dedicado a los viajes a publicar una de sus fotos, con acceso libre a ella. Una alumna de un centro de enseñanza secundaria del Estado federal de Renania del Norte-Westfalia descargó esa foto, ilustró con ella un trabajo escolar y, después, el centro la publicó en su web.
El autor presentó una demanda contra el Estado de Renania del Norte-Westfalia, pidió que se prohibiera publicar su fotografía y reclamó 400 euros como indemnización por daños y perjuicios, porque él solo había autorizado su publicación en la web de viajes. El Tribunal Supremo de lo Civil y Penal de Alemania solicitó a TJUE que interprete la Directiva europea sobre derechos de autor, antes de dictar sentencia sobre este asunto.
En la sentencia, el Tribunal de Justicia europeo indica que el objetivo de la Directiva citada es «alcanzar un elevado nivel de protección en favor de los autores, que les permita recibir una compensación adecuada por la utilización de sus obras, en particular con motivo de su comunicación al público».
En este caso concreto, la publicación de una fotografía copiada de otro sitio de internet previamente publicada en otro sitio de Internet debe calificarse de «puesta a disposición» y, por consiguiente, es un de «acto de comunicación» porque quienes visiten la web de la escuela pueden acceder a esa foto. Mediante esa publicación, la fotografía se puso a disposición de un público nuevo, indica el TJUE.
El Tribunal de Justicia señala que esa publicación de la fotografía debe distinguirse de la puesta a disposición de obras protegidas, mediante un enlace que redirige a otro sitio de internet en el que se ha efectuado la comunicación inicial. «A diferencia de los enlaces, que contribuyen al buen funcionamiento de internet, la publicación en un sitio de internet sin la autorización del titular de los derechos de autor de una obra previamente comunicada en otro sitio de internet con el consentimiento de dicho titular no contribuye a conseguir el citado objetivo en la misma medida», ha indicado el TJUE en una nota de prensa.
Esta resolución no resuelve la demanda que presentó el fotógrafo alemán. Ahora debe ser el Tribunal Supremo de lo Civil y Penal de Alemania el que, a la vista de la respuesta que ha recibido del TSJU, dicte sentencia.
En España es habitual que muchos medios de comunicación y sitios de internet publiquen fotografías que descargan sin pedir autorización al autor y sin citar su nombre. También es habitual que distintos grupos de comunicación publiquen las obras de sus fotógrafos –tanto los de plantilla como de fotoperiodistas a la pieza– en varias publicaciones del grupo, sin permiso del autor y sin darle una compensación económica. La Federación de Sindicatos de Periodistas (FeSP), como otras organizaciones, reclama una mejor protección en la ley de los derechos de autoría de periodistas y fotoperiodistas, para evitar esa utilización ilegal de sus trabajos.










