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«Pilar Europeo de los Derechos Sociales»

La Comisión Europea propone que el documento denominado Pilar Europeo de los Derechos Sociales (European Pillar of Social Rights) sea aprobado de forma conjunta por el Parlamento Europeo, el Consejo de Europa y la propia Comisión. El organismo entiende que la Cumbre Social, a celebrarse en Suecia el próximo 17 de noviembre, será el momento clave para orientar esta labor, en consonancia con un amplio debate sobre la dimensión social de Europa.

El objetivo expresado es que los contenidos de Pilar de los Derechos Sociales ofrezcan nuevos y más efectivos derechos a la ciudadanía europea; para ello propone veinte  principios clave, estructurados en torno a tres categorías:

– Igualdad de oportunidades y acceso al mercado de trabajo.

– Condiciones de trabajo justas.

– Protección e inclusión social.

En la primera de ellas plantea cuatro necesidades que se deben garantizar a los europeos: Educación, formación y aprendizaje permanente ; Igualdad de género; Igualdad de oportunidades y Apoyo activo y personalizado al empleo.

En el capítulo de Condiciones de trabajo justas proponen la garantía de: Empleo seguro y adaptable; Salarios justos que garanticen un nivel de vida decente; Información sobre las condiciones de empleo y protección en caso de despido; Diálogo social e implicación de los trabajadores en el diseño y la aplicación de políticas económicas, laborales y sociales de acuerdo con las prácticas nacionales; Equilibrio entre el trabajo y la vida personal;  y Entorno de trabajo sano, seguro y bien adaptado y protección de los datos personales.

En su capítulo final sobre Protección e inclusión social plantea: Cuidado de niños y apoyo a los niños por la educación y contra la pobreza; Protección social adecuada para los trabajadores; Prestaciones de desempleo de duración razonable, de acuerdo con sus contribuciones activas; Ingreso mínimo que garanticen una vida digna a lo largo de la vida y el acceso efectivo a los bienes y servicios; Ingresos y pensiones de vejez proporcional a sus cotizaciones e ingreso adecuado sin diferencias por género; Cuidado de la salud asequible, preventivo y curativo de calidad; Inclusión de las personas con discapacidad; Servicios asequibles de atención a largo plazo de buena calidad; Vivienda y asistencia a las personas que lo necesiten; y Acceso a los servicios esenciales, incluidos el agua, el saneamiento, la energía, el transporte, los servicios financieros y las comunicaciones digitales. 

El documento completo en: https://ec.europa.eu/commission/priorities/deeper-and-fairer-economic-and-monetary-union/european-pillar-social-rights/european-pillar-social-rights-20-principles_en#relatedlinks

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