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Protegen el secreto profesional en Argentina

El digital argentino ‘lanueva.com’ informa que “la Corte Suprema de Justicia dejó firme un fallo que exculpó al periodista Daniel Santoro en una causa en la que había sido denunciado por la filtración de datos sobre una operación trasnacional relacionada con dinero del empresario kirchnerista Lázaro Báez.

La denuncia había sido presentada por el financista Edgardo Raúl Levita, a raíz de la publicación de dos notas de Santoro en el diario Clarín en julio de 2014, en relación con supuesta información confidencial extraída de un Reporte de Operación Sospechosa cuyo origen, suponía, sólo podía provenir de la Unidad de Información Financiera (UIF).

El juez federal Sebastián Casanello, la Cámara Federal y la Cámara de Casación coincidieron en el sobreseimiento de Santoro. El eje de la decisión giró en torno a que «la única vía de investigación que podría resultar útil para el descubrimiento de la verdad de los hechos aquí pesquisados conlleva el riesgo de afectar el derecho del periodista a preservar en secreto a la fuente».

Pero la abogada de Levita, Lorena Vanesa Totino, insistió ante la Corte Suprema, que ahora rechazó la última apelación. El fallo, que le da al sobreseimiento de Santoro fuerza de «cosa juzgada», fue firmada por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti. (DyN)”.

http://www.lanueva.com/el-pais/898366/sobreseen-al-periodista-santoro-para-preservar-el-secreto-de-fuentes.html    

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