El Observatorio de Contenidos Televisivos y Audiovisuales (OCTA), que integran más de 50 organizaciones ciudadanas de infancia, de padres y educadores, sindicales, vecinales, de consumidores y usuarios de los medios de comunicación – ha manifestado su satisfacción por los últimos expedientes sancionadores que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha abierto al programa televisivo ‘Sálvame Diario’.
En un comunicado la OCTA señala que “esta resolución refleja una actitud más comprometida por parte de la autoridad audiovisual, que desde la creación de la Comisión tiene como uno de sus objetivos hacer cumplir la legislación televisiva, muy especialmente en lo que se refiere a la defensa de la infancia”.
La organización considera, “los contenidos ‘Sálvame Diario’ (sensacionalismo y morbo, violencia verbal y denigración del otro, lenguaje soez y referencias sexuales, invasión de la intimidad y del honor de las personas) lo convierten en un programa claramente inadecuado para ser emitido en horario de protección reforzada (de 5 a 8 de la tarde)”.
Asimismo, recuerda al grupo Mediaset, propietario de Tele 5 que está incumpliendo el Código de Autorregulación de Contenidos Televisivos e Infancia que esta empresa firmó voluntariamente junto con el resto de televisiones comerciales españolas.
Asimismo aclara que el rechazo a los contenidos de ese programa “no es un problema de buen o mal gusto, ni afecta tampoco a la libertad de expresión, como interesadamente trata de plantear la cadena en su defensa”; se trata, señala “de cumplir la Constitución y las leyes que de ella se derivan, que consideran la protección de la juventud y de la infancia como un bien superior a la hora de limitar la difusión de determinados contenidos”.
Como se recordará la CNMC ha requerido al grupo Mediaset, el pasado mes, que adopte las medidas oportunas para una correcta adecuación de la calificación por edades de los contenidos del programa “Sálvame diario” y que asegure que la emisión de estos contenidos se adecue a las franjas de protección establecidas tanto en el Código de Autorregulación de Contenidos Televisivos e Infancia como en la Ley General de la Comunicación Audiovisual (LGCA, art.7).










