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Creciente avalancha de falsos «autónomos”

Dentro de las relaciones laborales del periodismo hace años que abundan los “falsos autónomos”, pero desde  2010 este fraude de ley que cometen gran parte de las empresas periodísticas que impulsan a los trabajadores a adoptar esa figura ha crecido hasta convertirse en una auténtica lacra de nuestro sector.

Tan usual es que muchos informadores, sobre todo entre los más jóvenes, son inducidos a creer que esta situación es normal y con cierto aire de «modernidad» o de adaptación a un nuevo régimen laboral. Nada de lo cual es verdad, ya que la repudiable reforma laboral orquestada por el actual Gobierno no ha modificado ese aspecto del Estatuto de los trabajadores.

Uno de los fraudes perfectamente contemplados por nuestra legislación dentro de una relación laboral es, precisamente, la contratación fraudulenta haciendo figurar a un trabajador como presunto autónomo cuando no lo es.

Ante las crecientes consultas que llegan a los sindicatos de la FeSP se hace necesario aclarar que nunca se puede dar la consideración de “trabajador autónomo» a un periodista, diseñador o cualquier otra persona que trabaja para una empresa y que recibe órdenes de trabajo y está sometido a la organización y disciplina de la misma.

Y para que esto suceda, es suficiente con que esa labor se retribuya mediante el pago de una cifra fija o por hora de trabajo, o tarifa fijada por el empresario; es también clara evidencia de relación laboral cuando el trabajo se realiza bajo indicación expresa de la empresa en cuanto a los contenidos, extensión o el tratamiento de la información ajustado a las necesidades de la publicación.

Es decir, que no se trata de una iniciativa propia sino que ella corresponde al empleador y para que esto se cumpla no es impedimento que la labor se desarrolle fuera de la empresa o con material propiedad del trabajador.

Un reciente fallo del Tribunal Supremo sobre el caso de un tertuliano habitual de la Cadena SER deja bien claro que, aunque este cobraba a través de una empresa propia, era el único trabajador de la misma y su tarea era personal y continuada en el tiempo, por lo cual ha existido relación laboral. Incluso el hecho de que trabajara para más de una empresa no fue considerado como una prueba para su presunta condición de autónomo.

Por lo mismo, ante toda duda es recomendable que se recurra al sindicato para ser asesorado de forma adecuada.

Aportamos un artículo del portal de asesoramiento laboral “laboro-spain” a este respecto:  http://laboro-spain.blogspot.com.es/2010/12/falsos-autonomos-mercantil-contrato.html

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