En su edición del pasado 27 de junio, el periódico Diagonal informa de alguno de los aportes a la justicia que ha reportado el registro audiovisual de los hechos que se producen en las movilizaciones sociales y que, de manera repetida, están sirviendo de pruebas concluyentes para los magistrados.
Algo que evidentemente contradice la teoría del Ministerio del Interior y de algunas autoridades de las fuerzas de seguridad que ven en esas grabaciones intenciones sesgadas contra su labor.
Diagonal consigna que “La reproducción del vídeo, en el que se grabaron hechos que son objeto del presente enjuiciamiento, es prueba contundente y sólida que explica la absolución de la denunciada”, explica una sentencia del Juzgado de Instrucción nº 11 de Madrid emitida el pasado 15 de abril. La denunciada en este caso estaba acusada de “falta de respeto o consideración” a la policía en el marco de un desahucio, el 9 de octubre de 2013.
En el transcurso de la concentración convocada por los activistas de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) para frenar el desahucio, dos agentes de policía pidieron la documentación a un cámara y uno de ellos le golpeó. La acusada les reprochó a los agentes de policía que “no sabían de leyes” y les llamó “matones”.
Fue precisamente el vídeo grabado por ese cámara lo que sirvió de prueba al juez, quien, además de ordenar la absolución, aprovechó la sentencia para recalcar que “no existe la prohibición de filmar en el espacio público” ni de tomar imágenes de los agentes de las fuerzas de seguridad, y que cuando uno de estos agentes, como pasó en este caso, se extralimita en sus funciones o actúa “de modo abusivo, queda desasistido de la protección” como agente de autoridad.”
Asimismo, el artículo señala que “En los meses anteriores a esta resolución, varias sentencias más han corroborado el papel que los vídeos han tomado en los procesos judiciales relacionados con movilizaciones sociales y cómo han servido para superar la barrera del testimonio policial, al que la jurisprudencia del Tribunal Supremo da el valor de prueba de cargo suficiente sobre la presunción de inocencia.”
Esto que debería ser valorada de forma positiva por las fuerzas de seguridad, sin embargo y sin motivo estaría sirviendo para aumentar los controles y dificultar esos registros visuales.
Uno de estos ejemplos: Durante la concentración del pasado sábado 28 en Madrid para exigir la libertad de dos personas acusadas por participar en piquetes de huelga, el cámara freelance Fermin Grodira registra en su video como un simple trámite de identificación se convierte en un catálogo de malos modos y abuso de trato hacia el periodista por parte del agente que interviene en ese hecho.
El artículo de Diagonal: https://www.diagonalperiodico.net/libertades/23239-videos-se-vuelven-escudos-al-servicio-activistas.html
El vídeo de Fermin Grodira: http://www.youtube.com/watch?v=HTtfPdRqbm4










