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Admitida la demanda de la ReMC contra la Xunta

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha admitido a trámite la demanda de la Red de Medios Comunitarios (ReMC) del Estado español contra el concurso destinado a otorgar las licencias disponibles en Galicia para la emisión en frecuencia modulada. La causa de la impugnación es el veto a la participación de los medios comunitarios en el reparto de licencias a pesar de que la Ley General de Comunicación Audiovisual, aprobada en 2010, reconoce a este tipo de medios como un derecho de la ciudadanía.

En la comunidad autónoma de Galicia existen medios libres y comunitarios desde hace tres décadas, sin que hasta la fecha las diversas administraciones les hayan otorgado licencias para desarrollar su actividad, pese a contemplarlas en la normativa reiteradamente. No hay que olvidar que la Resolución del Parlamento Europe A6-0263/2008, “Pide a los Estados miembros que pongan a disposición de estos medios el espectro de frecuencias, analógica y digital, de radio y televisión, teniendo en cuenta que el servicio prestado por los medios de comunicación comunitaria no se ha de evaluar en términos de coste de oportunidad o justificación del coste de adjudicación del espectro, sino por el valor social que representa”, y que la actividad de los medios comunitarios se encuentra legalmente protegida en la mayoría de los países europeos.

La Xunta pretende otorgar las 85 licencias de las que dispone a servicios de comunicación comercial, agotando así el espectro planificado disponible e imposibilitando por la vía de hecho el ejercicio del derecho a comunicar a través de medios comunitarios en condiciones dignas.

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