Se constituyó una Comisión de Seguimiento del teletrabajo y establecido tres categorías en función de qué posiciones son o no “teletrabajables”.
El plenario del Comité de empresa de TV3 y Catalunya Ràdio, medios pertenecientes a la Corporació Catalan de Mitjans Audiovisuas ha aprobado por unanimidad el preacuerdo de teletrabajo, que sustituirá al acuerdo transitorio actual.
Este es el texto completo difundido:
El nuevo acuerdo establece un porcentaje de Teletrabajo del 40% con carácter general.
Se constituye una Comisión de seguimiento del Teletrabajo.
La duración de los acuerdos individuales de Teletrabajo será de un año.
Se podrán declarar dos domicilios distintos de prestación del servicio.
Se han establecido tres categorías en función de qué posiciones son o no “teletrabajables”.
1, lugares teletrabajables, que no aparecen en el listado del texto del preacuerdo,
2, lugares necesariamente presenciales y
3, lugares preferentemente presenciales.(Estos últimos «serán susceptibles de poder realizar teletrabajo cuando no requieran de la interacción presencial con otros miembros de los equipos y/o cuando no estén asignados a programas en directo o al mantenimiento del directo». )
En todos los casos, incluidos los necesariamente presenciales , se valorarán necesidades particulares de petición de teletrabajo por motivos acreditados de conciliación de la vida familiar y laboral o de salud laboral
Por el teletrabajo inferior al 30% de jornada en un período de tres meses, no es necesario realizar un acuerdo específico de teletrabajo.
El acuerdo incluye una cláusula de revisión automática en caso de que se aumente el porcentaje del 40% que actualmente se aplica a las empresas públicas ya la Administración.
A partir de enero se podrán realizar las solicitudes de Teletrabajo. En caso de que alguna instancia del Gobierno vuelva a demorar o bloquear nuestros acuerdos, continuará vigente el pacto transitorio de Teletrabajo.
Las personas que a día de hoy ya tengan un acuerdo suscrito individualmente de teletrabajo por motivo de conciliación de vida familiar y laboral y/o con motivo de salud laboral, mantendrán la vigencia de sus condiciones pactadas y antes del vencimiento del mismo tendrán que pedir su prórroga en caso de que deseen mantener estas condiciones.










