Los tres existentes en España consideran, de manera conjunta, que no es acorde al nuevo ecosistema audiovisual y no se corresponde con el estado autonómico español.
Con relación al proyecto de Ley general de comunicación audiovisual, aprobado por el Consejo de Ministros español, los presidentes de las autoridades independientes de regulación audiovisual de Cataluña, Andalucía y la Comunidad Valenciana consideran que ese texto aprobado no es acorde al nuevo ecosistema audiovisual y no se corresponde con un estado autonómico como el español.
Dicen los tres presidentes que “el nuevo texto limita las competencias autonómicas y, por tanto, las de los consejos audiovisuales territoriales al no atribuirles ninguna competencia en relación con los servicios de comunicación audiovisual televisivos a petición, ni con las plataformas de intercambio de vídeos. Un hecho especialmente grave si tenemos en cuenta que estos servicios y plataformas constituyen en la actualidad una de las principales fuentes del consumo audiovisual de la ciudadanía”.
Así expresan que “la experiencia alcanzada en estos últimos años por instituciones pioneras en el Estado como el CAC (creado en el año 2000), el CAA (2005) y, más recientemente, del recién creado CACV, permiten aportar y compartir conocimientos en la protección de las personas usuarias en el ámbito audiovisual tradicional (ondas hertzianas), pero también, y especialmente, en el digital, donde hoy radica buena parte del consumo audiovisual, especialmente entre la población más joven”.
Por estas y otras consideraciones, los organismos reguladores instan al Gobierno “a que durante el trámite parlamentario se introduzcan los cambios necesarios para asegurar una actuación concertada entre los reguladores audiovisuales independientes existentes en el Estado en materia de supervisión y control de los contenidos en las plataformas de intercambio de vídeos o el control y la supervisión de las obligaciones relativas a la protección de los menores de edad o a la promoción de obras europeas en los servicios a petición, entre otros”.










