La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha fallado en favor de un trabajador al cual se le había liquidado un finiquito inferior al que le correspondía. Antes de firmar un finiquito es mejor recurrir a la asesoría legal del sindicato.
El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha fallado en favor de un trabajador de FCC Construcción que fue despedido de manera objetiva en un ERE y al que la empresa pagó una indemnización inferior a la que le correspondía, al no considerar en ella la totalidad de las partidas que componían su salario. En este caso, el tribunal ha aceptado la demanda del denunciante y obligado a la empresa a abonarle el total de la indemnización que le correspondía.
Este caso, sobre el cual ha informado “eldiario.es”, llama la atención sobre la dejadez de muchos trabajadores que firman finiquitos sin el necesario asesoramiento.
El mencionado diario, señala: “el finiquito es el documento que reciben los trabajadores al finalizar una relación laboral, con el que se saldan las diferencias salariales entre el empleado y la empresa. Procede siempre que concluye una relación laboral, ya sea por el fin de un contrato temporal, un despido (de cualquier tipo, también disciplinario) o porque el trabajador decida dejar su puesto de manera voluntaria. Siempre.”
Asimismo, informa que en ese finiquito firmado se establecía: «me declaro totalmente indemnizado, saldado y finiquitado todos los efectos, en relación con cualquier concepto, fijo o variable, al que pudiera tener hecho como consecuencia de la relación laboral mantenida y su extinción», de manera que se recogía el compromiso de «no presentar reclamación alguna».
Sin embargo, el trabajador denunció ante los tribunales más tarde al comprobar que le correspondía más indemnización de la plasmada en la carta que había firmado. Un tribunal de primera instancia y el Tribunal Superior de Justicia de Valencia concluyeron que la firma de la carta tenía «carácter liberador»: no procedía el recurso, se quedaba con las cantidades que aceptó en el documento.
El denunciante presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que ha acabado con una sentencia del Alto Tribunal (con el voto discrepante de cuatro magistrados) por la que el afectado se queda con esta indemnización inferior a la que tenía derecho.”
Sin embargo, conviene tener en cuenta que esto no sienta jurisprudencia y que el mismo Tribunal Supremo reconoce en su fallo que en estos casos «muy difícil que pueda apreciarse la existencia de contradicción sobre las sentencias, porque dependen mucho de las circunstancias específicas en las que se produjo la firma y el propio texto del documento.”
Por lo cual, es prudente volver a recomendar a los trabajadores que antes de firmar un finiquito acudan al asesoramiento de sus representantes sindicales, que tienen capacidad legal para asistir a esa firma, y ante cualquier duda recurran a la asesoría legal de su sindicato.
https://www.eldiario.es/economia/Cuidado-finiquito-despiden-quedarte-empresa_0_1034147342.html










