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‘Cronica Global’ obligado a rectificar una noticia falsa

El digital, demandado por el Ayuntamiento de Barcelona, había publicado que tres empresas de paquetería no repartían en zonas de esa ciudad por falta de seguridad.

La magistrada María de los Ángeles Juan y Vegas que, en su momento, había decidido aceptar la demanda presentada por el Ayuntamiento de Barcelona contra el digital “Crónica Global”, en ejercicio del derecho de rectificación, ha fallado contra ese medio y  en su sentencia le ordena a publicar una rectificación con este título: «Rectificación de la noticia ‘Amazon, MRW y SEUR dejan de repartir en zonas de Barcelona por la crisis de seguridad «. 

Cómo se recordará, este verano, el digital -que aseguraba la existencia de una crisis de seguridad en la capital catalana- había publicado que como consecuencia de esa presunta crisis las empresas de paquetería Amazon, MRW y SEUR habían dejado de repartir en el barrio del Besòs. Lo que fue desmentido por esas empresas.

Según ha señalado este miércoles el concejal de Derechos de Ciudadanía y partipación, Marc Serra, en su cuenta de Twitter “Crónica Gobal se negó en su momento a rectificar -como también se pidió por escrito a Antena 3- y el Ayuntamiento de Barcelona decidió llevar el caso a los juzgados. Ahora, según la parte dispositiva de la sentencia que ha hecho pública, el juzgado de primera instancia número 49 de Barcelona ha condenado al diario digital a publicar una rectificación”. 

En efecto la jueza ha dado la razón al consistorio de la ciudad y ordena incluir en el texto de rectificación que la publicación original «contiene afirmaciones falsas al no haber sido debidamente contrastados los presuntos hechos a los que se aludía». Aunque, la sentencia no es firme.

Asimismo, la magistrada certifica que ‘Crónica Global’ publicó el burofax que le habían enviado el Ayuntamiento bajo el titular «Así trata de tapar la alcaldesa de BCN la crisis de seguridad…. y esto contesto Crónica Global», pero considera que esta publicación «no se ajusta» a derecho ya que «la rectificación está totalmente comentada por la noticia en la que se inserta. No se puede considerar que la rectificación se efectuara en forma legal», concluye.

Además, la sentencia expresa algo muy pedagógico sobre el derecho de rectificación, ya que recuerda que la jurisprudencia indica que para ejercerlo no es necesario que la información sea falsa, sino que lo que pretende es que la parte afectada pueda exponer su versión sobre esa información.

No obstante, obliga a ‘Crónica Global’ a publicar que las empresas explicaron que sus servicios se habían desarrollado «con normalidad» este verano y sin que exista “ningún hecho que desmienta esta información«.

Nota bene: Cronica Global señala en su carta de compromiso editorial que “El primer compromiso ético del periodista es el respeto a la verdad. De acuerdo con este deber, el periodista defenderá siempre el principio de la libertad de investigar y de difundir con honestidad información y la libertad de comentario y la crítica”.

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