facebook twitter youtube

Salvaguardar la independencia de los medios públicos de comunicación

Seminario en línea sobre Art. 5 del Reglamento Europeo de Libertad de Medios de Comunicación el lunes 19 de mayo de 11 a 12.30 h.

Salvaguardar la independencia de los medios de comunicación de servicio público en virtud del artículo 5 del Reglamento Europeo de Libertad de Medios de Comunicación (EMFA) – Parte 2″, es el título del seminario en línea que se ha convocado para el próximo lunes19 de mayo de 11 a 12.30 h. (Enlace a la reunión al pie de esta nota)

Está organizado por el Centro para el Pluralismo y la Libertad de los Medios de Comunicación y en ella se analizará de manera práctica cómo los Estados miembros de la UE están cumpliendo con el Artículo 5, centrándose en los principales desafíos, como las estructuras de gobernanza influenciadas políticamente, la previsibilidad de la financiación y la transparencia de los nombramientos.

Entre los ponentes se encuentran Giulio Enea Vigevani (Università di Milano-Bicocca), Judit Bayer (Universidad de Economía y Negocios de Budapest), Josef Lusser (ORF, UER) y Renate Schroeder (EFJ), con la moderación de Pier Luigi Parcu (Instituto Universitario Europeo).

Articulo 5 Reglamento Europeo sobre la Libertad de los Medios de Comunicación

1. Los Estados miembros garantizarán que los prestadores del servicio público de medios de comunicación sean independientes desde el punto de vista editorial y funcional, y ofrezcan de un modo imparcial una pluralidad de información y opiniones a sus audiencias, de conformidad con su mandato de servicio público tal como se define a nivel nacional de conformidad con el Protocolo n.º 29.

2. Los Estados miembros se asegurarán de que los procedimientos para el nombramiento y la destitución del directivo al frente de la gestión o de los miembros del consejo de administración de los prestadores del servicio público de medios de comunicación tengan por objeto garantizar la independencia de los prestadores del servicio público de medios de comunicación.

El responsable de la gestión y los miembros del consejo de administración de los prestadores del servicio público de medios de comunicación serán nombrados siguiendo procedimientos transparentes, abiertos, efectivos y no discriminatorios y criterios transparentes, objetivos, no discriminatorios y proporcionados, establecidos de antemano a nivel nacional. La duración de su mandato será suficiente para garantizar la independencia efectiva de los prestadores del servicio público de medios de comunicación.

Las decisiones de destitución del responsable de la gestión o de los miembros del consejo de administración de los prestadores del servicio público de medios de comunicación antes de que expiren sus mandatos estarán debidamente justificadas, únicamente podrán adoptarse con carácter excepcional cuando dejen de cumplir las condiciones requeridas para el ejercicio de sus funciones con arreglo a criterios establecidos de antemano a nivel nacional, estarán sujetas a notificación previa a las personas a las que afectan y preverán la posibilidad de control judicial.

3. Los Estados miembros se asegurarán de que los procedimientos de financiación de los prestadores del servicio público de medios de comunicación se basen en criterios transparentes y objetivos, establecidos de antemano. Dichos procedimientos de financiación garantizarán que los prestadores del servicio público de medios de comunicación cuenten con recursos económicos adecuados, sostenibles y previsibles correspondientes al desempeño de su mandato de servicio público y a su capacidad de desarrollo en el marco de este. Dichos recursos económicos serán tales que la independencia editorial de los prestadores del servicio público de medios de comunicación quede preservada.

4. Los Estados miembros designarán una o más autoridades u organismos independientes o establecerán mecanismos libres de la influencia política de los Gobiernos para efectuar un seguimiento de la aplicación de los apartados 1, 2 y 3. Los resultados de dicho seguimiento se harán públicos.

Enlace de la reunión: https://www.eui.eu/events?id=579360

Comunicados

La FeSP rechaza la propuesta del PP de eliminar los comités en empresas de menos de 250 personas

No son una «traba» sino los representantes legales de las plantillas, que deben colaborar con las empresas en «el mantenimiento y el incremento de la productividad» La Federación de Sindicatos de Periodistas (FeSP) rechaza una propuesta aprobada por el Partido Popular en su XXI Congreso que, de llegar a ser aplicada, supondría la desaparición de los comités en […]

leer más
igualdad
periodistas a la pieza
en red
press
efj
ifj
creative commons
Federación de Sindicatos de Periodistas, FeSP
Calle Roger de Llúria, 5 5º 1ª - 08010 Barcelona
Teléfono: 934 127 763 — Fax: 934 127 763
Correo electrónico: contacto@fesperiodistas.org