Derechos Sociales de Europa determina que no es disuasoria para el empresario ni restaurativa para el trabajador como manda la Carta Social Europea.
El Comité Europeo de Derechos Sociales ha atendido la demanda del sindicato español UGT, que denunció que el modelo que se aplica en España para fijar la indemnización de despido improcedente no se ajustaba a lo que manda la Carta Social Europea.
La resolución del organismo europeo da la razón al demandante y señala que,en efecto, la indemnización de 33 días por año trabajado con un tope de 24 mensualidades -que establece la actual ley española- no cumple con la intención perseguida de ser disuasoria para las empresas ni restaurativa para los trabajadores; ya que no repara de manera suficiente el daño causado por el despido.
Además, la resolución del comité critica de forma dura límite de 24 mensualidades impuesto en el calculo de las indemnizaciones lo que impedía a los jueces imponer indemnizaciones mayores cuando así lo considerasen.
Ahora, el Ministerio de Trabajo, que lidera la vicepresidenta del Gobieno. debe incluir este tema en la reforma laboral que proyecta y en primer lugar, señala el digital “publico.es” se busca evolucionar el modelo de cálculo de la indemnización de los despidos improcedentes para dejar atrás el sistema de días por año trabajado y pasar hacia un cálculo del daño real que le ha provocado ese despido al trabajador en función de elementos como su edad, su formación o los años que ha estado en la empresa.
También se buscará reforzar la causalidad, para que los despidos deban tener una justificación adecuada y no se utilicen de forma arbitraria ni como primer recurso. Con estas reformas, entre otras, se pretende garantizar que el modelo es disuasorio para las empresas y restaurativo para los trabajadores (tal y como fija la Carta Social Europea), con lo que se rompería la tendencia de 30 años de recortes en la protección social frente al despido.”










